Los Asesores Financieros y de Seguros son los profesionales que ayudan a descubrir las necesidades financieras y de protección, analizando circunstancias pasadas, presentes y futuras de su cliente, teniendo en cuenta la edad, sus objetivos o metas económicas y financieras, su patrimonio disponible, su tipo impositivo, su situación profesional y familiar, y el resto de inversiones de que pueda o no disponer.
Una vez analizado su perfil de riesgo y sus necesidades, los Asesores Financieros y de Seguros llevarán a cabo sus recomendaciones de inversión en seguros y de seguros, asesorándole según sus circunstancias y necesidades vayan cambiando y adaptándolas al momento actual y hacia el futuro.
La relación entre Cliente-Asesor financiero es la base de un buen asesoramiento financiero y de seguros, que se basa en un gran grado de confianza (con unos derechos y obligaciones por cada parte) y el asesor debe velar por los intereses del cliente como si fueran los suyos propios.
Por ello, los Asesores Financieros y de Seguros dében siempre ofrecer independencia y objetividad en todas las recomendaciones; contemplando siempre el largo plazo y lo más importante: dében crear, cultivar y mantener una estrecha relación con el cliente.
Segun la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, (CONDUSEF) las Funciones y obligaciones de los Asesores Financieros y de Seguros son:
Deben informar por escrito y de manera amplia y detallada a quien pretenda contratar un seguro, sobre el alcance real de su cobertura y forma de conservarla o darla por terminada.
Asimismo, deben proporcionar a las instituciones de seguros, la información auténtica que sea de su conocimiento relativa al riesgo cuya cobertura se proponga, a fin de que la misma pueda formar un juicio correcto sobre sus características y fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas.
En el ejercicio de sus actividades, deben apegarse a las tarifas, pólizas, endosos, planes de inversión y de seguros y demás elementos técnicos y contractuales utilizados y registrados por las instituciones de seguros ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
Los Asesores Financieros y de Seguros no pueden intervenir en la contratación de seguros cuando su intervención pueda significar situación de coacción o falta a las prácticas profesionales generalmente aceptadas en el desarrollo de la actividad.
Es importante señalar que, en su afán de colocar negocios, los AF´s y de Seguros no deben proporcionar datos falsos acerca de las instituciones de seguros, ni detrimentes o adversos en cualquier forma para las mismas.
Conceptos de Asesor Financiero y de Seguros
De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en México (LGISMS), se consideran AF´s y de Seguros a las personas físicas o morales que intervienen en la contratación de soluciones financieras con base en seguros mediante el intercambio de propuestas y aceptaciones, y en el asesoramiento para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos, según la mejor conveniencia de los contratantes o asegurados.
Persona física o moral, cuya actividad es autorizada y regulada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para ejercerla en la República Mexicana, la que consiste en asesorar a los prospectos o asegurados en la contratación de seguros y soluciones financieras con base en seguros.