jueves, 18 de agosto de 2011

Estadísticas Educación 2011



En México, el sistema educativo se conforma de tres etapas: educación básica (preescolar, primaria y secundaria), media superior (bachillerato, estudios técnicos o comerciales con secundaria terminada y normal básica) y superior (profesional, maestría y doctorado).
De acuerdo con el II Censo de Población y Vivienda 2010 del INEGI, en México la población con estudios superiores y de posgrado representa el porcentaje más bajo (13.6%) con respecto a la población que cuenta con otro grado de educación, ya sea primaria (17.7%), secundaria (26%) o media superior (18.5%).

El bajo porcentaje de alumnos con título a nivel licenciatura, maestría o doctorado tiene que ver con la deserción escolar en ese nivel. Según las Estadísticas de Educación 2004 a 2009 del mismo INEGI, sólo ocho de cada 100 alumnos concluyen sus estudios superiores. Más todavía, de acuerdo con el informe sobre Educación Superior en América Latina y el Caribe 2000-2005, de la UNESCO, una de las principales causas de deserción escolar universitaria es el factor económico.

Ahora bien, las cifras obtenidas de la Encuesta de Ingreso-Gasto de los Hogares 2010 del INEGI, revelan que el gasto trimestral en educación (12.5%) ocupa el tercer lugar en el gasto familiar, sólo por abajo del gasto en alimentación (29.4%) y transporte (18.9%).

Ante este panorama, los seguros educativos son una alternativa para hacer frente a los gastos y las eventualidades futuras relacionadas con la educación de los hijos. Con respecto a la educación superior el maestro Jorge Alberto Dettmer González, Investigador del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM, comenta lo siguiente: "En la actualidad, para el desempeño de cualquier ocupación o actividad se exigen, además de los conocimientos académicos formales, un conjunto de habilidades, destrezas y aptitudes que sólo se adquieren con la educación superior, que además ofrece beneficios individuales, como mejores empleos, ingresos y mayores posibilidades de ascenso".

¿Que son estos seguros?
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) define al seguro educativo como un instrumento financiero, de supervivencia del menor, en el que durante determinado tiempo el padre, madre o tutor paga una prima (cantidad mensual, trimestral, semestral o anual) y el beneficiario recibirá al cumplir 15, 18 o 22 años, una suma asegurada para continuar sus estudios.

La oferta de estos seguros está a cargo de las aseguradoras, que se dedican a la venta de servicios de previsión y protección contra posibles riesgos que pudieran afectar propiedades, bienes y la integridad física de las personas. Los seguros educativos tienen tres componentes:
Ahorro. Son las aportaciones periódicas denominadas primas para alcanzar la suma asegurada.
Seguro. Cubre el riesgo contra invalidez o fallecimiento de los padres o tutores, el cual podría afectar el cumplimiento de la meta.
Inversión. El ahorro acumulado crece con el tiempo para que no pierda su poder adquisitivo.

Los seguros educativos están diseñados para conformar un ahorro que cubra la educación de los menores a través de diversos planes que se diferencían de acuerdo con lo siguiente:
  • Cobertura (servicios incluidos o adicionales en el seguro).
  • Periodicidad del pago de la prima (anual, mensual, trimestral, etc).
  • Edad del menor.
  • Sexo, edad y hábitos del contratante (fumador o no fumador).
  • Suma asegurada.
La edad del menor sobre la cual se hace el cálculo del seguro educativo regularmente sirve de plazo máximo para el pago del total, es decir, si el seguro se contrata cuando nace el niño, significa que se tiene un periodo de 15, 18 o 22 años para cubrir la suma asegurada según el plan contratado.

El valor de la prima se encuentra en función de la edad del menor al contratar, pues entre más años tenga éste, las primas serán mayores, porque el tiempo para pagar la suma es más corto, y viceversa.
Esta situación no es aplicable en todos los seguros, pues algunos tienen periodos específicos para cubrir la suma asegurada. Por ejemplo, algunos establecen un límite de hasta 5 años para el pago y un límite de edad del menor de 13 años.

En los seguros educativos el monto de la suma asegurada está en función de los ingresos de la familia, pero también de las expectativas académicas para el menor, pues se determina con base en la carrera o estudios de posgrado y, principalmente, con respecto al tipo de escuela, pública o privada.



Por lo general, los seguros educativos van de la mano de una cobertura de exención del pago de primas por fallecimiento o invalidez total y permanente del contratante. Ante estas eventualidades, la aseguradora pagará las primas hasta que se cumpla el plazo del seguro.
La educación es el mejor legado para los hijos y también es el medio que puede garantizarles un mejor futuro en un mercado laboral cada vez más competitivo.

Así los seguros educativos surgieron como una alternativa para prevenir y garantizar la continuidad de los estudios universitarios y de posgrado, ante imprevistos como invalidez o muerte de los padres o tutores, y más frecuentemente, ante la falta de ingresos económicos.

Nuestra Misión es: Ayudarle a vivir una vida completamente libre de riesgos y también a alcanzar sus objetivos financieros por medio de los mejores seguros de la industria.
Su seguridad y la de sus seres queridos es nuestra prioridad.
Permítanos ser sus Asesores de confianza en Seguros y Servicios Financieros.

lunes, 16 de mayo de 2011

INGRESOS PARA TODA LA VIDA

Seguro de Vida Dotal

El contar con un seguro de vida que le permita a usted estar tranquilo de que sus logros y metas se lleven a cabo es de suma importancia.

Por esta razón, permítanos explicarle el porque es necesario contar con un seguro en el que usted mismo fije el TIEMPO y el MONTO asegurable o Suma Asegurada otorgándole PROTECCIÓN y UNA INVERSIÓN GARANTIZADA para disfrutarla en caso de sobrevivencia, es decir, en vida.
Los Seguros Dotales son planes, que protegen a sus beneficiarios en caso de fallecimiento y fomentan el ahorro en el tiempo y la moneda que se fije, ya que al finalizar el plan se otorga la Suma Asegurada pactada para disfrutar de ella en vida.

Los proyectos y planes a futuro, como la compra de una casa, el poner un negocio, jubilación, etc. No pueden dejarse a un lado, por lo que de alguna forma se debe garantizar que se llevarán a cabo. El Seguro Dotal no solo garantiza el ahorro que se requiere para lograrlo sino que el proyecto se lleve a cabo aún y cuando el asegurado fallezca.

Los Seguros Dotales son planes, cuya finalidad es proteger al asegurado en caso de fallecimiento por un periodo determinado, además de fomentar el ahorro en el mismo plazo ya que otorga la Suma Asegurada en caso de llegar con vida al término del plan en forma de DOTE.

Los Seguros Dotales estan enfocado a personas interesadas en fomentar un ahorro que les genere intereses atractivos y protección en caso de fallecimiento.

Edad: Personas jóvenes y adultas de 30 a 50 años.

Nivel de Ingresos: Desde $30,000 pesos/anuales

Situación Actual: No cuenta con un ahorro planeado que le permita el logro de sus metas financieras ya sea una inversión en un negocio, un plan que le permita solventar gastos futuros, tener una jubilación digna, etc.

El plazo del plan depende de usted, ya que representa el tiempo en el que está dispuesto a ahorrar para gozar de los beneficios. Por lo que es importante escoger un plan que se adapte a sus necesidades específicas y de acuerdo a un plazo conveniente.

Los planes que se manejan son:

1.- Dotal a 10 años, si usted desea consituir un ahorro para realizar una inversión en un plazo mediano.

2.- Dotal a 15 años, si usted requiere de una inversión en un plazo de 15 años.

3.- Dotal a 20 años, si usted requiere de una inversión en un largo plazo.

El objetivo primordial es proteger económicamente a su familia en caso de muerte y al mismo tiempo contar con una cantidad específica en caso de sobre vivencia para prever o planear gastos futuros como: iniciar un negocio, o ahorro para el retiro.

En fechas recientes, la situación económica del país y a nivel mundial ha traído como consecuencia los siguientes hechos:

Inestabilidad económica nacional.

El crecimiento acumulado de la inflación ha llegado a ser mayor del 50%.

Recientes devaluaciones fuertes de mas del 40%.

Cambios en las tasas de interés.

Inestabilidad financiera mundial.

Con estos sucesos, cada día es más dificil ahorrar por lo que se vuelve indispensable un plan que permita ahorrar mediante aportaciones accesibles y que proteja a sus seres queridos en caso de fallecer.

Nuestra Misión es: Ayudarle a vivir una vida completamente libre de riesgos y también a alcanzar sus objetivos financieros por medio de los mejores seguros de la industria.

Su seguridad y la de sus seres queridos es nuestra prioridad.

Permítanos ser sus Asesores de confianza en Seguros y Servicios Financieros.

lunes, 11 de abril de 2011

LA ÚNICA FORMA DE NO PAGAR IMPUESTOS ES: DEDUCIÉNDOLOS

Proyecta Afecto al art. 218 LISR
• A QUIEN APLICA
Será aplicable a toda persona física de las señaladas en el artículo 106 de la LISR, que como lo especifica  este artículo, residen en México y perciben ingresos. Dichas personas podrán hacer deducibles las primas pagadas a los planes de pensiones, jubilación o retiro indicados en el artículo 218 de la LISR.

• DEDUCIBILIDAD
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 de la LISR, los pagos de prima de contratos de seguro que tengan como base planes de pensiones relacionados con la jubilación o el retiro, podrán deducirse de la base gravable del contribuyente, en el ejercicio fiscal en que éstos fueron pagados. En caso de haberse pagado antes de presentar la declaración anual de impuestos, es decir, antes del 30 de abril, se podrán deducir en el ejercicio fiscal anterior.
Estos pagos deben deducirse de la cantidad a la que se aplicaría la tarifa del artículo 177 de la LISR, que se refiere a ingresos periódicos. De acuerdo a lo anterior, no es posible deducir dichos pagos en declaraciones trimestrales, u otros tipos que no estén especificados en el artículo 177 de la LISR.

• MONTO MÁXIMO
El monto máximo por depósitos, pagos o adquisiciones en cuentas personales para el ahorro y primas de seguro para el retiro que, de acuerdo al artículo 218 de la LISR, se puede restar de la base del impuesto, es de $152,000.00 pesos .

• RETENCIÓN
En caso de pago en beneficios al retiro, rescate o uso de valores garantizados la compañía aseguradora deberá retener como anticipo de impuestos el 35% sobre dicho monto, de acuerdo a lo establecido en el artículo 170 y 167 de la LISR independientemente de que el asegurado haya
hecho deducible la prima de retiro. En caso de que la tasa impositiva fuese menor al 35%, recuperará la diferencia en su declaración anual.
Todas las retenciones realizadas por la compañía serán enteradas a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así mismo se enviará en el mes de enero del siguiente año, la Constancia de Retención de Impuestos que será entregado al Asegurado a través de su Agente.
Para los planes afectos al artículo 218 LISR no aplica la exención de 9 salarios mínimos establecida en el artículo 109 Fracción III.

• INGRESOS ACUMULABLES
Son todas aquellas cantidades que forman parte de la base para calcular el impuesto que debe pagar el contribuyente. Las cantidades retiradas o derivadas del contrato de seguro, como lo son: rescates, retiros, intereses, reservas, dividendos o indemnizaciones, deberán acumularse a los ingresos del contribuyente en el año calendario en que las haya retirado o recibido, y por lo tanto, se deberá pagar el impuesto correspondiente sobre dichos montos.

ANTECEDENTES
Con el objeto de fomentar la adquisición de planes de pensiones individuales por parte de las personas físicas, en 1984 fue introducido el artículo 165 en la Ley del Impuesto sobre la Renta.
El 31 de marzo de 1992, se publicó en la Resolución Miscelánea del Diario Oficial de la Federación, bajo el numeral 143, la reglamentación al artículo 165 de LISR. Esta regla da a conocer las normas que deberán cumplir las instituciones de seguros para que el importe de los seguros que tengan como base planes de pensiones relacionados con la edad, jubilación o retiro, sea deducible para las personas físicas.
Para el 2002 la Ley del Impuesto Sobre la Renta se modifica, por lo que el art.165 cambia su numeral a 218, conservando el mismo texto. Por otra parte se publica la miscelánea del 30 de mayo en donde, en el apartado 3.27.2 se establecen lineamientos para planes de pensión relacionados con jubilación y retiro.

martes, 5 de abril de 2011

Alcanzar metas personales a corto plazo


metas personales

Alcanzar metas personales a corto plazo
Hoy tienes la oportunidad de asegurar que tus sueños se hagan realidad con:
VIDA A TUS SUEÑOS.
Sabías que...
Los sueños forman parte fundamental de la vida del ser humano y la única forma de hacerlos realidad es ¡Ahorrando!
Sin embargo, existen diversos obstáculos que pueden interponerse entre tu sueño y tú:
  • Falta de instrumentos que te ofrezcan una garantía de ahorro.
  • Falta de planeación.
  • Fallecimiento o invalidez.
Es por ello que necesitas un instrumento de ahorro que te ayude a alcanzar metas personales a corto plazo y que además te brinde:
Protección, Seguridad y Recuperación Garantizada, con el respaldo de una empresa sólida y reconocida.
Por lo anterior GNP ha creado para ti:
VIDA A TUS SUEÑOS
Un plan con el cual podrás alcanzar metas personales a corto plazo, pase lo que pase, no importa si se trata de un viaje alrededor del mundo, la casa perfecta, una hermosa boda, un negocio prometedor o cualquier otro que tú elijas.
Vida a tus sueños se adapta a tus necesidades y te motiva a alcanzar tus sueños, ya que cuentas con:
  • Un monto mínimo de ahorro de $200,000 pesos ó 15,000 dólares.
  • Plazos cortos que se adaptan a cada objetivo de ahorro: 5, 6, 7, 8 ó 9 años.
  • Un Ahorro Garantizado al final del plazo.
  • La garantía de que tu ahorro crecerá año con año con la inflación o con el tipo de cambio, según la moneda que hayas elegido.
Además...
Mientras cumples tus sueños, cuentas con protección para ti y tus seres queridos mediante las siguientes coberturas:
  • Protección por Fallecimiento: En caso de llegar a faltar, tus beneficiarios recibirán la Suma Asegurada contratada para esta cobertura.
  • Protección por Invalidez: Con la cual obtendrás la Suma Asegurada contratada para este beneficio y sin más pago de primas, mantendrás la protección por fallecimiento.
  • Garantía de Ahorro por Fallecimiento (GAF): En caso de contratar esta cobertura podrás asegurar, que además de entregar la Suma Asegurada contratada por fallecimiento, al final del plazo tus beneficiarios recibirán el Ahorro Garantizado.
  • Cobertura Mujer: Un complemento ideal para la mujer, que la protege de padecimientos frecuentes y/o exclusivos de su género, complicaciones durante el embarazo y del recién nacido.
No importa si se trata de la más hermosa boda, un negocio rentable y prometedor, un viaje espectacular, o la casa perfecta...
VIDA A TUS SUEÑOS
Te garantiza que pase lo que pase, harás tu sueño realidad.






lunes, 4 de abril de 2011

¿Cuál es su activo más valioso?

Su vida está llena de cosas valiosas. Sus seres queridos, su salud, la casa donde vive, el automóvil que conduce, su capacidad para generar ingresos...
Es necesario que los proteja todos.

¿Quiénes somos?:

Grupo Nacional Provincial es la empresa aseguradora mexicana con mayor experiencia y solidez de nuestro país que no sólo brinda protección financiera a sus asegurados, sino que está al cuidado de sus sueños, historias, emociones y vivencias.
Su historia se remonta a más de 100 años, siendo parte de uno de los conglomerados empresariales más grandes del país: "Grupo Bal" donde se agrupan instituciones tan importantes como: Grupo Peñoles, El Palacio de Hierro, Profuturo GNP Afore, Médica Integral GNP, Médica Móvil, Valores Mexicanos, Casa de Bolsa, entre otros.
Durante ya más de 100 años, GNP se ha enorgullecido de ofrecer soluciones financieras que ayudan a las personas y a sus familias a:
  • Proteger sus activos y su capacidad para generar ingresos de por vida
  • Saldar sus deudas
  • Construir un patrimonio para el futuro
  • Proteger su salud
De qué manera ayudamos a las personas y a sus familias:
Proporcionándoles Información Financiera para que puedan tomar mejores decisiones sobre su dinero.
Todo comienza con el Análisis de Necesidades Financieras o ANF, un diagnóstico gratuito de la situación financiera actual de las personas y sus familias.
El ANF es como un mapa que permite guiar a las personas para que administren adecuadamente sus ingresos, ahorren para el retiro, hagan inversiones sin riesgos, salden sus deudas y alcancen otras metas.
El ANF ofrece soluciones financieras para ayudar a que nuestros clientes definan y cumplan sus objetivos financieros de mediano y largo plazo y puedan hacer realidad sus sueños.
Un buen lugar para empezar es aquí mismo, en línea. Use los recursos que se encuentran aquí para informarse y planificar. Luego, dé el siguiente paso importante: pongase en contacto con nosotros.
En este sitio web encontrará a su disposición los conceptos básicos necesarios para elegir y obtener protección para muchos de los imprevistos que ponen en peligro la tranquilidad y las finanzas personales y familiares.

    jueves, 31 de marzo de 2011

    EL PAPEL DE UN BUEN AGENTE DE SEGUROS

    seguros gnp
    Los Asesores Financieros y de Seguros son los profesionales que ayudan a descubrir las necesidades financieras y de protección, analizando circunstancias pasadas, presentes y futuras de su cliente, teniendo en cuenta la edad, sus objetivos o metas económicas y financieras, su patrimonio disponible, su tipo impositivo, su situación profesional y familiar, y el resto de inversiones de que pueda o no disponer.
    Una vez analizado su perfil de riesgo y sus necesidades, los Asesores Financieros y de Seguros llevarán a cabo sus recomendaciones de inversión en seguros y de seguros, asesorándole según sus circunstancias y necesidades vayan cambiando y adaptándolas al momento actual y hacia el futuro.
    La relación entre Cliente-Asesor financiero es la base de un buen asesoramiento financiero y de seguros, que se basa en un gran grado de confianza (con unos derechos y obligaciones por cada parte) y el asesor debe velar por los intereses del cliente como si fueran los suyos propios.
    Por ello, los Asesores Financieros y de Seguros dében siempre ofrecer independencia y objetividad en todas las recomendaciones; contemplando siempre el largo plazo y lo más importante: dében crear, cultivar y mantener una estrecha relación con el cliente.





    Segun la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, (CONDUSEF) las Funciones y obligaciones de los Asesores Financieros y de Seguros son:
    Deben informar por escrito y de manera amplia y detallada a quien pretenda contratar un seguro, sobre el alcance real de su cobertura y forma de conservarla o darla por terminada.
    Asimismo, deben proporcionar a las instituciones de seguros, la información auténtica que sea de su conocimiento relativa al riesgo cuya cobertura se proponga, a fin de que la misma pueda formar un juicio correcto sobre sus características y fijar conforme a las normas respectivas, las condiciones y primas adecuadas.
    En el ejercicio de sus actividades, deben apegarse a las tarifas, pólizas, endosos, planes de inversión y de seguros y demás elementos técnicos y contractuales utilizados y registrados por las instituciones de seguros ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
    Los Asesores Financieros y de Seguros no pueden intervenir en la contratación de seguros cuando su intervención pueda significar situación de coacción o falta a las prácticas profesionales generalmente aceptadas en el desarrollo de la actividad.
    Es importante señalar que, en su afán de colocar negocios, los AF´s y de Seguros no deben proporcionar datos falsos acerca de las instituciones de seguros, ni detrimentes o adversos en cualquier forma para las mismas.






    Conceptos de Asesor Financiero y de Seguros
    De acuerdo con la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros, en México (LGISMS), se consideran AF´s y de Seguros a las personas físicas o morales que intervienen en la contratación de soluciones financieras con base en seguros mediante el intercambio de propuestas y aceptaciones, y en el asesoramiento para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos, según la mejor conveniencia de los contratantes o asegurados.
    Persona física o moral, cuya actividad es autorizada y regulada por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, para ejercerla en la República Mexicana, la que consiste en asesorar a los prospectos o asegurados en la contratación de seguros y soluciones financieras con base en seguros.

    ¿Es posible que en algún momento no se necesite tener Seguro de Vida?


    vejez con recursos

    Seguro de Vida


    Muchas personas comienzan a pensar sobre la necesidad de mantener la cobertura de seguro de vida una vez que sus hijos se hacen mayores de edad o salen de la casa de los padres para ir a trabajar o a la universidad, o cuando tienen los recursos para independizarse.
    Generalmente, la duda surge porque sienten que ya sus dependientes no son tan “dependientes” de sus ingresos en caso de que ellos falten y muy posiblemente quieren reducir sus compromisos financieros.
    La duda es comprensible.
    El seguro de vida se considera necesario cuando se tiene que sostener a la familia y por lo general esto significa cónyuge e hijos. No está de más revisar otras razones por las cuales puede necesitar conservar la cobertura cuando los hijos dejan de depender de los padres, ya que estos podrían no ser los únicos dependientes financieramente hablando.
    Las familias vienen en todos los tamaños. No es raro ver varias generaciones bajo un mismo techo, en especial entre los hogares Mexicanos quienes disfrutan de la presencia de los abuelos muy frecuentemente como parte integral de la misma. En situaciones en las que el sostén del núcleo familiar es la segunda generación, no es raro que aunque los hijos ya estén fuera de casa, las responsabilidades económicas sigan intactas para quienes producen los ingresos de la familia y por tanto la necesidad de mantener un seguro de vida a su nombre.
    Pero esta no es la única razón por la cual pudiera ser imprescindible que usted conservara su seguro de vida vigente inclusive después de que sus hijos sean mayores. Es posible que algunas de estas otras situaciones también aplique en su caso:

    • El fruto de un seguro de vida pudiera ayudar a su familia a terminar “el trabajo” de financiar la universidad de sus hijos y evitar que estos abandonen sus estudios si se vieran en la necesidad de tomar el puesto de proveedores del hogar. Tristemente es común que en el momento del fallecimiento de un padre (o madre) el hijo estudiante abandone, aunque sea temporalmente, sus estudios para hacer frente al vacío financiero en la familia.
    • Un seguro de vida puede proveer de fondos necesarios para sustentar otros dependientes de la familia como serían abuelos o familiares discapacitados, además del cónyuge sobreviviente.
    • Disponer de los beneficios de un seguro de vida puede suplir de fondos necesarios para el cónyuge durante el período de retiro.
    • Este período de tiempo es el comprendido entre el momento en el que el más joven de los hijos cumple los 18 años y la viuda (o viudo) alcanza la edad en la que puede solicitar los beneficios de retiro del IMSS o SAR propios o de viudez del cónyuge—muchas veces hasta los 60 años que es la edad mínima elegible—ya que en ese intermedio de tiempo el Seguro Social no provee de ningún beneficio.
    • La situación financiera de la persona sobreviviente pudiera llegar a ser muy difícil, al punto que las estadísticas indican que un 20% de las mujeres viudas entre 51 y 64 años viven en la pobreza.
    • Poseer seguro de vida pudiera dar una mejor calidad de vida al cónyuge sobreviviente, ya sea porque no necesita depender únicamente de los ingresos de jubilación del Seguro Social o porque complementa la pérdida de parte de estos como sucede con la muerte de uno de los esposos.

       
    • En ocasiones cuando el fallecimiento de la persona proveedora de los ingresos de la familia ocurre mientras esta está activa laboralmente, el cónyuge sobreviviente pudiera obtener una pensión de jubilación cuando adquiera la edad adecuada, pero dicha pensión pudiera ser mucho menor que si la persona se hubiera retirado antes de morir. Los beneficios de un seguro de vida pueden servir para compensar por pensiones reducidas.
    • Al igual que una muerte anticipada puede causar una pensión del Seguro Social menor, es muy posible que también trunque los esfuerzos de la familia de ahorrar para contar con recursos adicionales, como serían aportes a una cuenta de SAR. Los beneficios de un seguro de vida pudieran servir para proveer fondos para inversión en una futura jubilación.
    • Un seguro de vida también puede sustituir los ingresos ordinarios de la familia en particular. Hoy día es común ver familias donde ambos esposos trabajan y proveen dos sueldos, pero lo normal es que estas tengan compromisos para ambos sueldos y de no existir los dos, se crearía un vacío financiero.
    • Un uso muy útil de los beneficios de un seguro de vida es para enfrentar los gastos inevitables de funeral y entierro y gastos médicos finales, así como gastos de transferencia de bienes, administración o pagos de impuestos sobre herencias.
    • El evento de la muerte del proveedor principal de una familia es más que la pérdida de ingresos cotidianos de la familia, en muchos casos significa la pérdida de crédito o de los fondos de emergencia de la familia. Los ingresos de un seguro de vida pueden servir para suplir un fondo de emergencia exhausto, o evitar que la familia entre en deudas, o elimine la existencia de estas.
    • En el caso de una pareja retirada, los beneficios de un seguro de vida pueden suplir los ingresos que la pareja dejará de percibir por la muerte de uno de los cónyuges, que por lo general significa una reducción del 33% del monto de la pensión que entre los dos podrían recibir.
    • Por último, pero no por eso menos importante, en muchas familias mantener la cobertura de un seguro de vida puede significar la oportunidad de pasar un legado de una generación a otra.
    Es posible que usted que ha trabajado tan arduamente por obtener los frutos que hoy posee, desee que sus hijos o sus nietos disfruten de esa suerte también y querrá que lo que usted no llegue a usar, sea para ellos.
    Poner una porción de su herencia en la forma de un seguro de vida puede ser mucho más sencillo que dejar grandes cantidades de bienes, muebles o inmuebles, que para repartirlos necesitarán venderlos y su familia puede no llegar a disfrutar de lo que usted quiso dejarles de legado.
    No dude en contactarnos, nosotros podemos ayudarle.
    Su seguridad y la de sus seres queridos es nuestra prioridad. Permítanos ser sus Asesores Patrimoniales de Confianza en Seguros y Soluciones Financieras.